Garzón





La fiscalía del Tribunal Internacional de La Haya reclama a Garzón


El fiscal jefe de la Corte Penal Internacional (CPI), Luis Moreno-Ocampo, ha dicho hoy que la suspensión provisional del juez Baltasar Garzón no constituye un obstáculo para su contratación.

Moreno-Ocampo responde así al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de Gobierno de los jueces españoles, que el viernes acordó la suspensión cautelar de Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo (1936-1975).

Según fuentes del CGPJ, el de
la Fiscalía de la CPI es uno de los cinco informes que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó solicitar el pasado viernes antes de decidir si conceden el traslado de Garzón a La Haya.

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no-Ocampo indica en su escrito que la Fiscalía, que ha ofrecido a Garzón un puesto de consultor externo, ya conocía la investigación abierta y añade que comprende que de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial éste debía ser suspendido de sus funciones. La Fiscalía también indica que no advierte razones para modificar la decisión de contratar a Garzón y aclara que el cargo de asesor no incluye ningún tipo de inmunidad procesal.

Otros cuatro informes solicitados

Los otros cuatro informes fueron solicitados a
la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la Fiscalía General del Estado, el Ministerio de Asuntos Exteriores y la Secretaría General del CGPJ. Una vez que el Consejo reciba todos los informes, la Comisión Permanente se reunirá de inmediato para decidir sobre el traslado de Garzón.

No ha sido el único apoyo que hoy ha recibido Garzón. La fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado su escrito de conclusiones de cara al juicio contra Garzón por un presunto delito de prevaricación al investigar los crímenes del franquismo. Y en él ha pedido al alto tribunal que absuelva al magistrado porque los hechos "no son constitutivos de delito y, en modo alguno, del delito de prevaricación" que le imputan las acusaciones populares.


El escrito recuerda que en diciembre del 2006 entraron en
la Audiencia Nacional una serie de denuncias vinculadas a hechos criminales acaecidos en España a partir del 18 de julio de 1936 cuya investigación podría corresponder a la Audiencia Nacional.

Correspond
ió la investigación de las mismas al juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional. Garzón, apunta la fiscalía, abrió diligencias previas, de lo que se dio conocimiento a la fiscalía de la Audiencia Nacional.

S
in delito no hay condena

El 16 de noviembre del 2007, Garzón solicitó un informe sobre competencia al Ministerio Fiscal, quien alegó que carecía de competencia sobre las denuncias presentadas. No obstante, Garzón inició una serie de actuaciones tendentes a delimitar el número de víctimas y dictó un auto declarándose competente para investigar las desapariciones de la guerra civil y el franquismo.

El 21 de octubre del 2008, la fiscalía planteó formalmente cuestión de competencia ante
la Sala de lo Penal de la Audiencia, cuyo pleno resolvió que Garzón no era competente para investigar los crímenes del franquismo. Esta decisión contó con un voto discrepante de los jueces José Ricardo de Prada, Clara Bayarri y Ramón Sáez, que el fiscal pide ahora que se aporte como prueba.

Pese a todo ello, para la fiscalía del Supremo estos hechos no constituyen delito y "sin infracción criminal no es posible solicitar la imposición de pena alguna".









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